Antecedentes.

El resolutivo 18 del Caso González y otras (“CAMPO ALGODONERO”) VS México de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado Mexicano continuar con la estandarización de todos sus protocolos utilizados para investigar todos los delitos que se relacionen con desapariciones, violencia sexual y homicidios de mujeres.

El resolutivo 19 del mismo caso ordenó adecuar el Protocolo ALBA conforme a las siguientes directrices:
- Implementar búsquedas de oficio y sin dilación alguna.
- Establecer un trabajo coordinado entre diferentes cuerpos de seguridad para dar con el paradero de la persona.
- Eliminar cualquier obstáculo de hecho o de derecho que reste efectividad a la búsqueda.
- Asignar recursos humanos, económicos, logísticos o científicos para el éxito de la búsqueda.
- Priorizar las búsquedas en áreas donde razonablemente sea más probable encontrar a la persona sin descartar arbitrariamente otras áreas de búsqueda.

El Protocolo ALBA se creó en Ciudad Juárez Chihuahua y se realizaron las adecuaciones necesarias para su implementación en el  Estado de México.

El 29 de julio de 2015,
el Gobierno del Estado de México. solicitó al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres decretara la Alerta de Género en 11 Municipios del Estado de México.

EL 28 de julio del presente año, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emitió la Alerta de Género en once municipios del Estado de México: Ecatepec, Nezahualcóyotl, Valle de Chalco, Toluca, Tlalnepantla, Chimalhuacán, Naucalpan, Tultitlán, Ixtapaluca,Cuautitlán Izcalli y Chalco.

Dentro de las recomendaciones emitidas en el marco de la Alerta de Género, son la necesidad de emprender acciones inmediatas y exhaustivas para buscar y localizar a niñas y mujeres desaparecidas; para lo cual, deben elaborarse protocolos de actuación y reacción policial en materia de personas desaparecidas, mismos que deben considerar los lineamientos internacionales, así como aquellos establecidos en el Protocolo ALBA.

Como consecuencia de ello, esta Fiscalía General se dio a la tarea de coordinar con autoridades estatales, municipales y federales, así como con el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio, la elaboración del Protocolo ALBA para el Estado de México.

Fue así que el 23 de marzo de 2017 se publicó en la Gaceta de Gobierno el Protocolo ALBA Estado de México, el cual tiene por objeto establecer acciones básicas de coordinación federal, estatal, y municipal para la búsqueda inmediata y localización de mujeres, niños, niñas y adolescentes desaparecidos en el Estado de México, así como para la integración de la información relacionada con los casos para su registro, análisis e investigación que permita garantizar el derecho de acceso a la justicia y a la verdad de las víctimas y sus familias cuando los hechos de desaparición estén vinculados con la comisión de algún delito.

Desde esa fecha, el Estado de México cuenta con un documento base que regula las actuaciones de las autoridades ante casos de mujeres, niñas, niños y adolescentes desaparecidos, protegiendo en todo momento sus derechos humanos, así como el interés superior de la niñez. Es importante resaltar que el Estado de México es la primera entidad federativa en impulsar, como una de las recomendaciones de la Alerta de Género, la conformación de las denominadas células de búsqueda, las cuales están integradas por policías municipales quienes realizaran las acciones de búsqueda inmediata e investigación, en coordinación con el Ministerio Público de la Fiscalía Especializada o de la Fiscalía Regional del municipio que corresponda, el Módulo ODISEA, la COBUPEM y otros cuerpos policiales.