Criterios para emitir una Alerta AMBER
Básicamente la emisión de una alerta obedece a la valoración que los agentes del ministerio público deben realizar en cada caso en particular. Se puede emitir siempre y cuando la misma alerta no ponga en riesgo la vida del niño, niña o adolescente y de modo general se debe observar que:

a. Que la niña, niño o adolescente sea menor de 18 años.

b. Que se encuentre en riesgo inminente de sufrir daño grave en su integridad o su vida.

c. Que exista información suficiente: nombre, edad, sexo, características fí­sicas, señas particulares, padecimientos, discapacidades, vestimenta que portaba al momento de la ausencia, así como la descripción de las circunstancias de los hechos, las personas y vehículos involucrados, la última vez que fue vista(o) y alguna otra información que se considere relevante.